REGLAMENTO DE REQUISITOS Y CONDICIONES DEL SORTEO:

WORK FROM HOME

Artículo 1: La mecánica, la organización, la publicidad y todos los derechos relacionados al sorteo identificado como “Work From Home” (en adelante denominada la “Promoción” o el “Sorteo”, indistintamente), son propiedad exclusiva de Epson México S.A. de C.V. (en adelante denominado “EPSON”).

Artículo 2: El presente Reglamento que contiene los Requisitos y Condiciones del sorteoWork From Home” (en adelante denominado el “Reglamento”), establece las reglas para participar en el Sorteo que realiza EPSON entre quienes participen en el perfil de Instagram® del influencer Alberto Villarreal (cuenta de Instragram®: @albertovill) en el posteo relacionado a la impresora “L3150” (en adelante el “Premio”), de conformidad con las condiciones y limitaciones establecidas en este Reglamento.

Artículo 3: La vigencia de la Promoción es por tiempo limitado iniciando el día lunes 7 de septiembre del 2020 a las 18.00 horas y finalizando el día domingo 13 de septiembre del 2020 a las 23:00 horas. El ganador será anunciado en el perfil de Instagram® de Alberto Villareal (cuenta de Instragram®: @albertovill), en el posteo que da inicio al Sorteo, al día siguiente de haber finalizado.

Artículo 4: Para efectos del presente Reglamento, los clientes y usuarios aceptan y entienden que el Premio de esta Promoción será entregado, únicamente, al cliente que resulte ganador y cumpla con todas las condiciones establecidas en el posteo previamente descrito. 

Artículo 5: Es condición obligatoria, para todos aquellos que participen en el Sorteo, comentar en el post (publicación) que realizará Alberto Villareal (cuenta de Instragram®: @albertovill) al realizarse el lunes 7 de septiembre dando “like” (me gusta) al post (publicación) , arrobando a dos personas, y seguir con la misma cuenta el perfil @epsonlatinoamérica.

Artículo 6: A nivel de producto Epson, participa la multifuncional Epson L3150

Artículo 7: No podrán participar de la Activación, ni ser ganadores, los empleados de EPSON ni sus familiares en primer grado de consanguinidad.

Artículo 8: Todo participante acepta entender y someterse, en todos sus términos, al presente Reglamento. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del presente Reglamento que será publicado en la siguiente página Web: https://epson.com.mx

Artículo 9: Para la selección del ganador, se realizará un sorteo a través de la herramienta digital https://www.sortea2.com/. Dicha actividad será llevada a cabo por la agencia Mazalán Comunicaciones, teniendo en cuenta la participación de todos los que hayan participado e interactuado conforme a las reglas aquí previstas en el post (publicación) hasta la fecha de finalización del Sorteo. El Premio de este Sorteo será entregado al ganador por EPSON a la dirección que dicho ganador indique. Para tal efecto, el influencer previamente identificado se comunicará con el ganador a efecto de que el ganador le de un correo electrónico de contacto, a efecto de que la agencia previamente identificada se comunique con el ganador para gestionar la entrega del Premio.

El día posterior al cierre del Sorteo, el influencer previamente identificado publicará el nombre del ganador en el mismo post (publicación) del Sorteo y arrobará al ganador.

Artículo 10: El Premio del sorteo es una impresora multifuncional Epson L3150

Artículo 11: El Premio no es transferible. El ganador deberá cumplir con todos los pasos previos para poder acceder a su premio. En caso de no hacerlo, se seleccionará un nuevo ganador.

Artículo 12: El Premio de esta Promoción será entregado, únicamente, a la persona ganadora, quien deberá proporcionar sus datos de identidad y dirección para el envío del premio en los términos previamente descritos.

Artículo 13: Todas aquellas personas que deseen participar en la presente Promoción, entienden y aceptan que con el sólo hecho de ejecutar cualquiera de las mecánicas descritas en este Reglamento, se obligan a someterse a éste en todos sus Términos. Asimismo, es obligación de cada participante leer e informarse acerca del contenido del mismo.

Artículo 14: EPSON podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del Sorteo. EPSON podrá suspender el Sorteo en cualquier momento y de forma inmediata,sin asumir responsabilidad alguna, si se llegaren a detectar fraudes o cualquier otra irregularidad, o si se presentare una circunstancia de fuerza mayor, caso fortuito o hecho de un tercero que afecte gravemente los intereses de EPSON. En dicho sentido, los participantes del Sorteo reconocen que la presente Promoción se realiza de manera voluntaria y libre por parte de EPSON por lo que no establece relación comercial o contractual con ningún participante, de ningún tipo o naturaleza.

Artículo 15: La Promoción está sujeta a las condiciones y restricciones que se indican en el presente Reglamento, incluyendo las siguientes:

  • Cualquier situación anormal que se presentare eventualmente con la Promoción y que no estuviera prevista en el presente Reglamento, será resuelta por EPSON, en estricto apego a la legislación mexicana y a su entera discreción.  
  • El participante que resulte ganador, deberá firmar un documento que acredite la recepción del Premio. A través de la firma de dicho documento, el ganador autoriza a EPSON, de manera irrevocable, el uso, reproducción y explotación de su nombre e imagen a efecto de que los mismos aparezcan en publicaciones, diversos medios publicitarios y, en general, en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la Promoción incluyendo, sin limitar, la entrega y recepción del Premio, sin el ganador tenga derecho a recibir una remuneración o compensación adicional, renunciando a cualquier derecho para reclamar o demandar sobre el uso de sus derechos de imagen. Esta autorización es un requisito indispensable para hacerse acreedor del Premio.
  • Todos los participantes del Sorteo, incluyendo al ganador, aceptan expresamente que la responsabilidad de EPSON para la presente Promición se limita únicamente a la entrega del Premio, quedando exonerado de toda responsabilidad, culpa, reclamo, demanda y/o acción ante cualquier instancia administrativa y/o judicial por los efectos que directa o indirectamente puedan derivarse de este Sorteo, ante el uso, aceptación y disfrute del mismo. 
  • El  participante que resulte ganador, no puede exigir la devolución, mejora y/o intercambio del premio, a cambio de dinero u otro beneficio que así pondere el ganador ante EPSON. De la misma manera, se establece y reconoce que el Premio no posee un valor comercial y por lo tanto, el ganador no podrá comercializarlo, siendo el ganador el único responsable del uso que se le dé al mismo. De igual forma, EPSON no se hará responsable de gastos en que pudiera incurrir el ganador por el traslado y otros rubros destinados para el disfrute y/o retiro del Premio. 
  • Cuando la naturaleza del Premio, se encuentre asociada a un evento público de cualquier índole que no sea organizado por EPSON y dicho evento sea cancelado o pospuesto por causas ajenas a EPSON, EPSON no asume ninguna responsabilidad al respecto, siendo así que todo participante o entidad relacionada al presente Sorteo eximen de toda responsabilidad a EPSON, por lo que el ganador no podrá exigir la  devolución o entrega de incentivo, premio o beneficio alguno a EPSON.  
  • Si se demuestra que una persona participa, es parte o disfruta de la Promoción por medio de engaño o fraude, EPSON podrá reclamar la restitución o el pago completo del Premio relacionado con la Promoción que hubieren sido asignados al titular del servicio en cuestión. 
  • Los clientes que participan en la Promoción entienden y aceptan que, con el solo hecho de realizar alguna de las mecánicas de participación en la promoción, autorizan a EPSON a enviar toda clase de información de cualquier tipo, sea o no de la misma Promoción.

Artículo 16: Para evitar cualquier hecho o circunstancia que pudiera constituir un delito, irregularidad, fraude o cualquier conducta análoga, se entiende y establece que la recepción del Premio por parte del ganador es un acto personalísimo. Por ello, el participante que resulte ganador, deberá, con antelación a la entrega del mismo, cumplir con los siguientes requisitos 

  • Los mexicanos mayores de edad, deberán presentarse con un documento o cédula de identidad vigente y en buen estado. Estos pueden ser: (i) credencial emitida por el Institutio Nacional Electoral vigente, (ii) pasaporte vigente, o (iii) cédula profesional vigente 
  • Los extranjeros mayores de edad, deberán presentarse con su cédula de residencia vigente o su pasaporte vigente, ambos en buen estado.
  • Los menores de edad, sean mexicanos o extranjeros, deberán presentarse con un adulto que sea su madre o padre que ejerza la patria potestad o bien, un tutor nombrado legalmente, para lo cual deberá aportar los documentos legales originales en buen estado o certificados por autoridad competente que comprueben tal condición, además de presentar un documento de identificación para el menor en buen estado. EPSON no asume responsabilidad alguna, por el uso del premio por parte de un menor de edad que resulte ganador. 
  • Las personas morales deberán ser representadas por un apoderado con facultades suficientes para recibir el Premio mediante un poder debidamente protocolizado ante Notario Público. Asimismo, el apoderado correspondiente deberá presentar un documento o cédula de identidad vigente y en buen estado..

 

Artículo 17: Toda la publicidad relacionada con la presente Promoción únicamente tendrá fines ilustrativos.

Artículo 18: EPSON se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas reformas necesarias que mejoren la Promoción. En caso de haberlos, cualquier cambio, modificación o adición se dará a conocer de forma automática en la página web https://epson.com.mx

Artículo 19: Para mayor información, así como para la atención de las consultas respectivas, los participantes pueden ingresar a la página web https://epson.com.mx

Artículo 20: El presente Reglamento rige a partir de su publicación en la página web https://epson.com.mx

Artículo 21: El ganador deberá tener domicilio de residencia en México.